CUSTODIOS SEGUROS

Se ha dicho metafóricamente que un policía equivale al matafuego dispuesto a extinguir un incendio; en cambio, el guardia privado evita que se enciendan las llamas… Por eso mismo, la vigilancia es preventiva en la protección de personas y bienes.

Ese enfoque resulta imprescindible, en la medida en que de lo que se trata es de evitar la comisión de delitos derivados de situaciones riesgosas en que podrían perpetrarse atentados contra las personas, así como también hurtos y/o robos de bienes.

El sentido del control integral vale para edificios, residencias particulares, empresas e instituciones públicas y privadas.

De ahí que los vigiladores privados que verdaderamente se precien están capacitados para actuar anticipándose a los hechos, a través de la atenta observación y la evaluación certera de las contingencias posibles según las circunstancias de tiempo, modo y lugar.

Precisamente, lo que cuenta en ellos es, sobre todo, la percepción entrenada y la capacidad de “mirar” de un modo circunstanciado lo que acontece hasta inferior, llegado el caso, lo que podría ocurrir.

No por casualidad, sin el efectivo complemento de los vigiladores privados (aun cuando no porten armas) la seguridad que debe garantizar el Estado resultaría insuficiente, tanto más cuanto que suele caracterizarse por un escaso o nulo sentido de la prevención, orientada como está a la persecución del delito con fines punitivos.