CUANDO LA SEGURIDAD PRIVADA ES INTEGRAL

La seguridad privada integral implica una modalidad operativa que abarca una amplia cobertura para la protección de personas y de bienes.

Su concepto remite a un sentido y un estilo de servicio que no se reduce a los procedimientos típicos de la vigilancia, sin consideración por los diversos factores que involucran las situaciones de riesgos probables.

Al control estricto orientado a evitar hechos ilícitos o contingencias que importaran peligros en los objetivos que se vigila, el carácter integral del servicio incluye acciones de prevención de incidentes y accidentes.

En este sentido, resulta clave que en los protocolos de prestaciones se estipulen también recorridos dinámicos de los lugares y verificaciones cuidadosas de si se presentan anomalías de cualquier naturaleza.

Cada objetivo, según sea su naturaleza, tendrá, por cierto, diferencias específicas en la instrumentación de esa modalidad.

Baste con señalar, por ejemplo, que un consorcio no es homologable a una empresa o a una institución, sea pública o privada, como que. de hecho y con frecuencia, las tareas de revisión de la infraestructura que deben asumir los guardias suelen ser subsidiarias de las del encargado de un edificio cuando éste no se encuentre.

Claro está, para llevar adelante un servicio de seguridad privada integral, los vigiladores deben estar sólidamente capacitados, único modo de cumplir esas funciones, que constituyen un valor agregado a las prestaciones.